Sus respuestas a este cuestionario serán útiles para los diseñadores y sus representantes y para quienes deseen obtener información sobre la protección temporal que el marco jurídico de su país brinda a los diseños industriales presentados en exposiciones internacionales. Responda a todas las preguntas, proporcionando información adicional cuando se solicite o sea necesario.

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Pregunta preliminar

¿La legislación aplicable en su jurisdicción contiene disposiciones específicas sobre la protección temporal otorgada a los diseños industriales en virtud del artículo 11 del Convenio de París?*

Naturaleza de la medida

¿Qué medidas dan cumplimiento al artículo 11 del Convenio de París? *
A los efectos del presente cuestionario: 1.) por “derecho de prioridad por divulgación en una exposición” se entiende el derecho de prioridad que puede reivindicar un solicitante respecto de una solicitud de registro de un diseño industrial o de la presentación de una patente de diseño a la luz de la divulgación del diseño industrial en una exposición internacional oficial u oficialmente reconocida. 2.) por “período de gracia” para la presentación de una solicitud se entiende el período anterior a la presentación de una solicitud de registro de un diseño industrial o de una patente de diseño durante el cual la divulgación del diseño industrial no afectará a su novedad u originalidad, a condición de que se satisfagan ciertas condiciones. Nota: En algunas jurisdicciones, ese tipo de divulgación se denomina “divulgación no oponible” y, en otras, se considera una “excepción a la falta de novedad”.

Fecha de inicio y duración de la protección temporal prevista en el artículo 11 del Convenio de París

¿Cuál es la fecha de inicio de la protección temporal? *
¿Cuánto dura la protección temporal?*
¿Qué fecha se tiene en cuenta para calcular la fecha de finalización de la protección temporal? *

Exposiciones internacionales oficiales u oficialmente reconocidas

¿Se han establecido criterios para determinar qué es una “exposición internacional oficial u oficialmente reconocida”? *
En caso negativo, ¿por qué?*
En caso afirmativo, ¿cuáles son esos criterios?*
En caso afirmativo, ¿cómo se publican o se ponen a disposición del público esos criterios?*

Condiciones y documentos justificativos

¿Debe el solicitante declarar de manera explícita el beneficio de las medidas que dan cumplimiento al artículo 11 del Convenio de París?*
En caso afirmativo, ¿qué condiciones deben cumplirse?*
En caso afirmativo, ¿cuándo debe presentarse la reivindicación/declaración?*
Debe pagar el solicitante una tasa para poder beneficiarse de las medidas que dan cumplimiento al artículo 11 del Convenio de París? *
¿Qué documentos justificativos son necesarios para demostrar la divulgación de un diseño industrial en una exposición?*
¿Cuál es el contenido obligatorio de los documentos justificativos necesarios para demostrar la divulgación de un diseño industrial en una exposición?*
¿Cuándo deben presentarse los documentos justificativos necesarios para demostrar la divulgación de un diseño industrial en una exposición? *

Examen e inscripción

Si un solicitante invoca el beneficio de las medidas que dan cumplimiento al artículo 11 del Convenio de París, ¿examina la oficina si el diseño industrial divulgado en la exposición es el mismo que el diseño objeto de la solicitud? *
¿Se inscribe en el registro la protección temporal otorgada a un diseño industrial? *

Información adicional

¿Tiene alguna otra observación con respecto al artículo 11 del Convenio de París? *
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